Doña Mencía abre una convocatoria de ayudas extraordinarias para pequeñas empresas y autónomos

Se podrán beneficiar aquellos comercios minoristas o establecimientos de hostelería que vieron su actividad mermada por la declaración del Estado de Alarma

El Ayuntamiento de Doña Mencía, pese a que la promoción económica no es una competencia propia, debe ser sensible a la situación económica que la crisis sanitaria del Covid-19 ocasiona a los autónomos y pequeñas empresas.

Por ello, de manera excepcional y dentro de sus limitaciones presupuestarias, además de las ejecutadas en el ejercicio 2020, se adopta esta nueva medida dirigida a los autónomos y microempresas que han visto mermada gravemente su economía.

Las solicitudes podrán presentarse desde el jueves 26 de agosto al 10 de septiembre de 2021, bien por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, bien de manera presencial en las oficinas generales del consistorio menciano.

Las ayudas contempladas en la presente convocatoria estarán sujetas a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación en su gestión, así como a los requisitos de eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.

Las personas beneficiarias deberán cumplir una serie de requisitos: Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre de establecimientos, o se hayan acogido al cese por actividad dispuesto en el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, que modifica el artículo 10 del RD 463/2020, de 14 de marzo, tener el domicilio social o el establecimiento (aquellas que lo tengan), en el término municipal de Doña Mencía, además de ser un comercio minorista, un establecimiento de hostelería u otro tipo de negocio que se viese obligado a cerrar con el Estado de alarma. 

La ayuda económica consistirá en una cuantía máxima de 300 euros, condicionada a la disponibilidad presupuestaria (20.000 euros), que se dividirá entre todas las solicitudes que cumplan con los requisitos.

El procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en las presentes bases, en atención a su naturaleza, será de concesión directa. Se realizará sin establecer comparación entre las solicitudes ni prelación entre las mismas, otorgándose las ayudas siempre que las entidades beneficiarias reúnan los requisitos determinados en las presentes bases.