El centro histórico de Lucena contará con cinco áreas de prioridad peatonal y acceso restringido para vehículos
El Pleno inicia la aprobación de la nueva ordenanza reguladora, cuya entrada en vigor conllevará la puesta en funcionamiento de las cámaras de vigilancia para el control de tráfico
l Ayuntamiento de Lucena ha iniciado la tramitación administrativa de la ordenanza reguladora de las áreas de prioridad peatonal y acceso restringido con el objetivo de reglamentar el tránsito de vehículos por determinadas calles del centro histórico donde el control del tráfico se realizará mediante videovigilancia una vez que entre en funcionamiento esta norma local.
La nueva ordenanza, que se aprobó inicialmente anoche en el Pleno por unanimidad de todos los grupos políticos, viene a determinar el control y la regulación del acceso de los vehículos a las cinco áreas establecidas como de prioridad peatonal y tráfico restringido, a fin de garantizar una mejor calidad ambiental, reducir la densidad de circulación de vehículos, favorecer la actividad comercial, ocio y tiempo libre o la prestación de servicios públicos.
En comparecencia pública, el concejal de Seguridad Ciudadana y Movilidad, José Pedro Moreno, ha apuntado hacia “la movilidad a pie y un modelo de ciudad sostenible” como los principales objetivos a conseguir con esta ordenanza, que “debe ayudarnos a disfrutar de nuestro centro histórico en plenas garantías de accesibilidad y donde la peatonalización prevalezca sobre el tráfico de coches sin mermar los derechos ni la movilidad de los vecinos residentes de las zonas seleccionadas”.
Moreno Víbora ha explicado que de forma paralela a la tramitación administrativa, el Ayuntamiento de Lucena iniciará una campaña de información, sobre todo dirigida a los propietarios de vehículos en las calles afectadas por la restricción del tráfico para que puedan solicitar las autorizaciones pertinentes para la circulación con sus vehículos. “Esta ordenanza no tiene afán recaudatorio ni las multas son su fin último”, ha precisado el edil lucentino, que ha aludido a plazos de tiempo amplios tanto para la obtención de licencias como a modo de pruebas, además de la instalación de una oficina de información al ciudadano en el propio SIAC del Ayuntamiento.
Hasta el momento, el centro histórico de Lucena ya contaba con varias zonas de acceso limitado a vehículos en las inmediaciones de las calles El Peso (tramo peatonal), Ballesteros y Barahona de Soto. Con esta ordenanza, los espacios de preferencia peatonal se amplían a otras calles y queda finalmente regulado tanto el tema de las autorizaciones como el de las sanciones. La entrada en vigor de la nueva norma también conllevará la puesta en funcionamiento de las cámaras de vigilancia que el Ayuntamiento adquirió e instaló hace meses y que por el momento no ha utilizado.
¿Qué calles se ven afectadas por esta ordenanza?
Las áreas restringidas comprenden hasta cinco áreas de prioridad peatonal y acceso restringido:
Área 1: Ballesteros (viéndose afectadas las calles Ballesteros, Hidalgo, Lademora, Gonzalo Baena y Almazán)
Área 2: Plaza Alta y Baja (afectando a las calles Plaza Alta y Baja, Veracruz, Juan Rico, Las Tiendas, San Francisco -entre las calles las Tiendas y Quintana-, Huertas, General Chavarre y Juan Palma García).
Área 3: Barahona de Soto (viéndose afectadas también la calle Barahona de Soto y las plazas San Miguel y Nueva),
Área 4: El Peso (afecta al tramo inicial hasta calle del Agua)
Área 5: calle Canalejas.
¿Quiénes deben solicitar autorización para circular con su vehículo por estas áreas?
Según recoge la ordenanza, el acceso no estará restringido a todos los vehículos. Previa solicitud, desde el Ayuntamiento se autorizará el tránsito a vehículos de residentes, los de propietarios de viviendas y/o cocheras no residentes, de familiares de residentes con atención familiar por dependencia, vehículos de titulares de establecimientos públicos y vehículos de habitantes de viviendas estacionales. Además, la nueva ordenanza contempla supuestos de autorizaciones puntuales para vehículos según su destino o criterios de utilización, establecimientos hoteleros, carga y descarga de mercancías, vehículos de empresas suministradoras, vehículos destinados al transporte colectivo privado, discrecional y regular de viajeros, y vehículos destinados a la ejecución de obras y servicios funerarios. Todos estos vehículos recibirán distintivos acreditativos para su identificación. No necesitarán autorización para circular los vehículos policiales ni de emergencias.
¿Cuándo entra en vigor la nueva ordenanza?
Tras la aprobación inicial de la ordenanza (trámite cumplimentado anoche por el Pleno), el texto queda para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a lo que seguirá un periodo de 30 días naturales para presentar alegaciones al mismo. Si después de este tiempo no hubiese ninguna alegación, la ordenanza se considerará aprobada definitivamente y entraría en vigor, no así en caso contrario, pues tendría que volver a Pleno.
Una vez aprobada definitivamente, la ciudadanía que se vea afectada por estas zonas o áreas de tráfico limitado dispondrán de un plazo máximo de seis meses para adaptarse a las obligaciones contenidas en ella mediante la solicitud de las correspondientes autorizaciones y distinciones. Tras estos seis meses, el Consistorio habilitará uno o dos meses de prueba para el cumplimiento de la misma, de modo que el inicio real de la ordenanza se prevé para el próximo otoño.