La Junta de Expurgo eliminará expedientes judiciales de los juzgados de Cabra y Lucena
Las personas interesadas en recuperar documentación aportada en su día a los procesos afectados tienen dos meses para solicitarlo.
La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública ha anunciado en BOJA la próxima destrucción de expedientes judiciales entre 1945 y 2017 prevista por la Junta de Expurgo para que las personas interesadas en recuperar documentación aportada en su día a los procesos afectados lo soliciten en el plazo de dos meses.
En Córdoba, la Junta de Expurgo tiene previsto eliminar documentación de la Audiencia provincial y los juzgados de la capital de entre 1991 y 2012; de Cabra (1997-2022); diligencias previas de 2002 de Lucena, Montoro, Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco; expedientes de entre 1998 y 2002 de Montilla y de 1999 a 2002 de Posadas.
La resolución publicada en el BOJA (https://juntadeandalucia.es/
La relación de documentos que está previsto destruir contempla diligencias previas y recursos de todas las provincias y diferentes partidos judiciales.
Expurgo
La Junta de Expurgo es un órgano integrado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la Consejería de Justicia con el objetivo de liberar espacio en los archivos de los juzgados y tribunales andaluces tras analizar y ordenar toda la documentación susceptible de ser eliminada o conservada. Supone un ahorro en gastos de conservación de los archivos y se enmarca dentro de las políticas de la Junta para el impulso de una Justicia digital y sin papeles, que contribuye a la protección del medio ambiente.
Uno de los criterios principales en la selección de los documentos judiciales que se van a eliminar o archivar es su interés judicial e histórico. De esta forma, se garantiza la conservación de la documentación con valores históricos o bien de aquélla que posea un relieve social, económico, político o cultural.
La Junta de Expurgo es un órgano colegiado de naturaleza administrativa presidido por una magistrada y que cuenta con el apoyo de un miembro de la carrera fiscal, un secretario judicial, la persona titular del Servicio de Archivos Judiciales de la Consejería de Justicia, un funcionario archivero y otro funcionario que hace las veces de secretario. Determina la exclusión o eliminación de expedientes procesales o, en caso contrario, la transferencia de los mismos a la Administración competente en materia de patrimonio histórico.