El sindicato CSIF Córdoba ha informado este viernes de una sentencia del Tribunal Supremo (TS) ganada por los servicios jurídicos de la central sindical que obliga al Patronato Municipal de Bienestar Social de Cabra a abonar los complementos de antigüedad, popularmente conocidos como trienios, a tres trabajadoras y un trabajador que llevaban varios años acumulando contratos temporales con la entidad dependiente del Ayuntamiento egabrense.
El sindicato ha destacado la importancia de esta resolución judicial, contra la que no cabe recurso y que obliga a la parte demandada al pago de las costas, al unificar la doctrina en estos casos en el conjunto de España.
El Alto Tribunal da la razón a CSIF en sus argumentos y anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, a su vez, dejaba sin efecto otra resolución del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba.
Este último tribunal ya señaló en su día que "el artículo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores establece en términos la igualdad de derechos de los trabajadores con contratos temporales y de duración indefinida", de modo que "cuando un determinado derecho o condición de trabajo esté atribuido en las disposiciones legales o reglamentarias y en los convenios colectivos en función de una previa antigüedad, esta deberá computarse según los mismos criterios a todos los trabajadores, cualesquiera que sea la modalidad de contratación".
El Sector de Administración Local de CSIF Córdoba recuerda que en 2017 ya ganó otra sentencia que declaraba indefinidos no fijos a estos mismos trabajadores del Patronato Municipal de Bienestar Social de Cabra, una de las cuales lleva trabajando para esta entidad desde 2003, otra desde 2017 y los dos últimos desde 2008.
Al respecto, el sindicato ha lamentado la actitud del Consistorio con este personal, "que lleva todos estos años sin poder percibir los trienios que les corresponden", al mismo tiempo que le ha reclamado que "acate la sentencia y la haga efectiva en el menor plazo de tiempo posible".