Luque acoge una charla informativa sobre las subvenciones a autónomos de la Diputación
Pueden solicitar la subvención las personas físicas que realicen o quieran iniciar una actividad empresarial o profesional como trabajadores autónomos
El día de ayer tuvo lugar en el Aula de Formación del Consultorio Médico de Luque, una charla informativa, a cargo de José Luis Moral López, técnico del CADE de Baena, sobre las subvenciones de la Diputación de Córdoba para autónomos. Desde el consistorio luqueño se ayudará a la tramitación de la misma.
Se trata de la puesta en marcha de la primera Convocatoria de Subvenciones al Emprendimiento y la Consolidación del Empleo Autónomo en la Provincia, “una iniciativa novedosa con la que damos pasos hacia la creación de empleo y el apoyo a los sectores productivos y los empresarios”, según el presidente de la Diputación.
Este nuevo programa, impulsado desde el Instituto Provincial de Desarrollo Económico (Iprodeco), cuenta con un presupuesto de 250.000 euros que se distribuirán en dos modalidades; ayudas para el inicio de una actividad económica como autónomo (100 subvenciones de 1.400 euros) y ayudas para el establecimiento y la consolidación de iniciativas emprendedoras (100 subvenciones de 1.100 euros).
Pueden solicitar la subvención las personas físicas que realicen o quieran iniciar una actividad empresarial o profesional como trabajadores autónomos. Deberán cumplir los siguientes requisitos: residir o desarrollar su actividad empresarial -teniendo el domicilio fiscal- en cualquier de los municipios de la provincia, estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o pertenecer a un colegio profesional con mutualidad alternativa en el momento de su presentación.
De igual modo, en el caso de optar a las subvenciones para el inicio de una actividad económica tendrán que haber puesto en marcha su actividad a partir del 1 de enero de 2018; y en el de optar a las ayudas para la consolidación de iniciativas emprendedoras, que estén dadas de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos por un período ininterrumpido de 18 meses.
En el primer caso (apoyo al inicio) se podrán subvencionar las cuotas mensuales a la Seguridad Social, gastos de constitución y establecimiento de la actividad (cuota de inscripción en el colegio profesional, registro de nombre comercial, publicidad, licencia de apertura, impuestos, honorarios de letrados, etc.). En el segundo tipo de ayudas (para consolidación del trabajo autónomo), se podrán subvencionar las cuotas mensuales de la Seguridad Social y los gastos de funcionamiento relacionados con la actividad