El Ayuntamiento de Priego suspende la externalización de la radio municipal tras la denuncia del SPA
La Ley General de Comunicación Audiovisual y la Ley de Comunicación Audiovisual de Andalucía establece que las emisoras municipales deben ser de gestión directa.
La emisora municipal Radio Priego ha dejado de emitir tras suspender el equipo de gobierno la externalización de su gestión, que tenia adjudicada a la empresa Canal Priego TV S.L./Telepriego.
La Decisión ha sido tomada después de las reiteradas quejas del Sindicato de Periodistas de Andalucía (SPA), que ha hecho saber al alcalde y al equipo de gobierno que podría estar incurriendo en malversación de un bien público y en prevaricación, ya que las emisoras municipales deben ser de gestión directa, tal y como establecen la Ley General de Comunicación Audiovisual y la Ley de Comunicación Audiovisual de Andalucía.
Radio Priego comenzó a emitir en 2014 mediante gestión pública en la frecuencia 107,0 FM, con medios propios y una trabajadora, durante el período de septiembre de 2014 a diciembre de 2016. En 2017 la corporación municipal privatizó la gestión mediante concurso público a la empresa Anexiona Comunicación.
En diciembre de 2018, tras la aprobación de la Ley de Comunicación de Andalucía por el Parlamento autonómico, el SPA comunicó a la alcaldía que la externalización era ilegal, y organizó una Jornada informativa en Priego sobre los medios de comunicación públicos.
La externalización incumple la Ley Audiovisual
Cumplido este contrato con Anexiona, la corporación municipal procedió a un nuevo concurso y nueva adjudicación, el 13 de mayo de 2021, en este caso con Canal Priego TV S.L. Un contrato de tres años de duración, susceptible de dos prórrogas anuales. La adjudicación constituía una nueva ilegalidad, que contravenía la Ley 10/2018 de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, que establece en su artículo 46.1 que “La prestación del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito local se realizará mediante gestión directa”. Y la Ley General de Comunicación Audiovisual, estatal (art. 75) señala que “Las entidades Locales gestionarán de forma directa la prestación del servicio público de comunicación audiovisual local, a través de sus propios órganos, medios o entidades.”
Suspensión de emisiones
Pese a haberlo aprobado en pleno municipal, la segunda prórroga no se ha producido, tras una advertencia del SPA de que estaban en situación de ilegalidad. La alcaldía ha suspendido la prórroga alegando problemas administrativos, y la emisora ha dejado de emitir, “para resolver un problema administrativo que ha llevado al cierre….” según señala el Ayuntamiento en un comunicado, en el que indica que espera encontrar “una solución rápida para este problema de transición”.