Las farmacias de los municipios de la Subbética podrán vender test de antígenos sin receta médica
La disponibilidad de pruebas de autodiagnóstico de la Covid-19 permitirá a la población general la realización de las pruebas sin la intervención de un profesional sanitario
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se modifica el RD 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro, con objeto de regular la venta al público y la publicidad de los productos de autodiagnóstico de la COVID-19.
Mediante esta norma se procede concretamente a modificar los artículos 13.6 y 25.8 del citado RD 1662/2000 con una doble finalidad. Por un lado, incluir los productos de autodiagnóstico de la COVID-19 entre aquellos exceptuados de la necesidad de prescripción para su adquisición en farmacias; y, por otro, permitir la realización de publicidad dirigida al público en relación con estos productos.
La situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 hace necesario aumentar la capacidad diagnóstica del Sistema Nacional de Salud, con objeto de identificar de forma rápida sospechas de casos positivos de SARS-CoV-2, para tomar las medidas adecuadas y así controlar eficazmente la progresión de la pandemia y al mismo tiempo atender a los afectados por la misma y ayudar a su recuperación.
La disponibilidad de pruebas de autodiagnóstico de la COVID-19, permitirá a la población general la realización de las pruebas sin la intervención de un profesional sanitario, lo que, por un lado, reducirá en cierta medida la presión asistencial de los centros sanitarios, y por otro, permitirá la identificación rápida de sospechas de casos positivos.
Por lo tanto, el nuevo Real Decreto tendrá un impacto sanitario positivo, gracias a la adopción de un conjunto de medidas de carácter urgente dirigidas a la protección de la salud pública.