El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que se modifica el RD 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro, con objeto de regular la venta al público y la publicidad de los productos de autodiagnóstico de la COVID-19.
Mediante esta norma se procede concretamente a modificar los artículos 13.6 y 25.8 del citado RD 1662/2000 con una doble finalidad. Por un lado, incluir los productos de autodiagnóstico de la COVID-19 entre aquellos exceptuados de la necesidad de prescripción para su adquisición en farmacias; y, por otro, permitir la realización de publicidad dirigida al público en relación con estos productos.
La situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 hace necesario aumentar la capacidad diagnóstica del Sistema Nacional de Salud, con objeto de identificar de forma rápida sospechas de casos positivos de SARS-CoV-2, para tomar las medidas adecuadas y así controlar eficazmente la progresión de la pandemia y al mismo tiempo atender a los afectados por la misma y ayudar a su recuperación.
La disponibilidad de pruebas de autodiagnóstico de la COVID-19, permitirá a la población general la realización de las pruebas sin la intervención de un profesional sanitario, lo que, por un lado, reducirá en cierta medida la presión asistencial de los centros sanitarios, y por otro, permitirá la identificación rápida de sospechas de casos positivos.
Por lo tanto, el nuevo Real Decreto tendrá un impacto sanitario positivo, gracias a la adopción de un conjunto de medidas de carácter urgente dirigidas a la protección de la salud pública.