Este domingo entra en vigor de la Orden del Ministerio de Sanidad SND/370/2020, de 25 de abril, publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La orden ministerial recoge que se permite paseos de menores de 14 años, que deberán realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas y que habrá de mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros.
El paseo será como máximo de una hora, en horario de entre las 09.00 horas y las 21.00 horas. Asimismo, deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
La orden señala que se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro de distancia con respecto al domicilio del menor. No estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas. Los niños sí podrán llevar sus juguetes.