El Ayuntamiento de Iznajar abre la solicitud de admisión en la convocatoria para la Lista Ordenada de Aspirantes para la cobertura temporal por razones de urgente e inaplazable necesidad bajo la modalidad de contrato de duración determinada para los puestos de personal de limpieza y/o oficial de la construcción.
Los contratos tendrán una duración de 15 días en el caso del personal de limpieza y 30 días para los oficiales de la construcción. Los aspirantes deberán cumplir una serie de requisitos para poder formar parte de esta convocatoria como tener nacionalidad española, tener cumplidos, como mínimo, los 16 años de edad o no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas.
Para el puesto de oficial de construcción se deberá acreditar además la experiencia profesional mediante la presentación de contratos de trabajo en dicha categoría además de haber realizado un curso de riesgos laborales de albañilería con una duración mínima de 20 horas.
Las instancias solicitando tomar parte en la lista ordenada se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Iznájar, y se presentarán en el Registro General de éste, sito en calle Julio Burell, 17,o a través del registro electrónico sito en la sede electrónica de la página web municipal –www.iznajar.es-, pudiéndose presentar en cualquier momento, si bien para el primer llamamiento sólo se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas dentro de los veinte días hábiles posteriores a la publicación del anuncio.
La composición de la Comisión de Selección será predominantemente técnica y en ella se velará por los principios de especialidad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo a la paridad entre mujer y hombre.
Los aspirantes deberán presentar junto con la solicitud los documentos que acrediten los méritos, mediante fotocopias en unión de la solicitud de participación en el proceso selectivo, sin que la Comisión de Selección pueda tener en cuenta ni valorar aquellos que aún alegados fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.